martes, 27 de septiembre de 2011

Reseña historica de los Indígenas Zenú


Los indígenas Zenú de hoy son descendientes directos del Cacique Finzenú, Orfebres y tejedores, se especializaron en mantas, hamacas, esteras, abanicos y el famoso sombrero “vueltiao”.

La comunidad indígena fue fundada por Finzenú, pero fue en el año de 1600 cuando  reorganizada, pasó al control de la corona por intermedio del Marqués Andrés Méndez Maldonado, a quien se le dio en encomienda. 

La sociedad Zenú, estaba dividida en tres sectores, dominados por miembros de una misma familia. Cada uno se especializó en una forma de producción; el sector del Finzenú situado sobre las márgenes del río Sinú estaba dedicado al tejido y la cestería.   Panzenú, sobre el río San Jorge, producía alimentos y Zenufana, localizado en el río Cauca y el Nechí, trabajaba la orfebrería.

Parte de la región controlada por Finzenú, estuvo gobernada por la Cacica Toto, cuyo dominio fue el hoy municipio de Chinú a 10 Km al occidente de San Andrés de Sotavento. No se tiene indicios de que los Zenúes de este lado del río hubieran puesto resistencia al paso de los conquistadores. Se presume que las riquezas que atesoraban le sirvieron de trueque para sobrevivir.

En el período de la colonia San Andrés-Mexión fue conocida como “Encomienda” por ser la más numerosa y productiva.  Su resguardo territorial, el cual había sido delimitado en 1611 por el visitador Don Juan de Villabona y Zubiaurre, al combinar tres pueblos o barrios de indios: Mexión de San Andrés de Sotavento, Chinú y Pinchorroy (Chimá), era uno de sus mayores atractivos, Villabona concedió al pequeño cabildo tres (3) leguas por cada lado, en vez de una sola como era la regla, midiendo a partir de la cerradura de la iglesia de San Andrés, hasta ocupar una extensión aproximadamente de 83.000 hectáreas.

El día 5 de octubre de 1773, Don Juan Gonzáles Mancha en compañía de José Gallego, el agrimensor y en unión de sus respectivos cabildos,  Capitanes y Oficiales, comunicó esta decisión:

Hasta el 19 de julio de 1782, los Escribanos del Rey, dieron plena fé y crédito judicial y extrajudicial de la diligencia de alinderamientos adelantada a favor de los indígenas de San Andrés, Chinú y Pinchorroy, con lo cual quedó plenamente protocolizado ante el notario eclesiástico, Don Toribio Ruiz de Calachorra, en Cartagena de Indias. 
La independencia no trajo cambios significativos a los indígenas, quienes estaban acostumbrados a la seguridad que les proporcionaba el Resguardo y la real protección de la maquinaria española- la libertad individual que defendieron los Criollos, chocó con la mentalidad colectivista de los indígenas representada en el trabajo comunitario de los resguardos.

El día 13 de junio de 1900, el Capitán indígena Pedro Jerónimo Dignas solicitó al Notario del Circuito de Chinú, Ricardo Solano, copia de los títulos del Resguardo, le fueron expedidos el 15 de junio 63 folios del Número 63 a 74  del libro No. 1 .

Ya para los años de 1904 y 1906 se detectó que el territorio de los indígenas de San Andrés de Sotavento, se encontraba inundado de petróleo, por lo cual y con el fin de obviar el obstáculo de su condición de tierras enajenables, se impuso la ley 55 del 29 de abril de 1905, en la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa, mediante la cual se logró entregar a los municipios  la herramienta adecuada  para despojar a los indígenas de las tierras que les había reconocido la Corona Española.  Pedro Herazo, en calidad de Personero despojó a los indígenas mediante declaraciones extrajuicios de sus tierras, las cuales fueron entregadas mediante escritura pública a mestizos, blancos e inmigrantes del medio oriente.

El primero de agosto de 1921 en la Notaría de Chinú se protocolizó la escritura 444 de las tierras del Resguardo a favor de los indígenas, mediante la sentencia que dictó la Corte Suprema de Justicia.  El fallo de la Corte fue trascendente al reconocer que las comunidades indígenas son dueñas y están en propiedad de los terrenos de resguardos indígenas. Este derecho de propiedad se ha mantenido en la comunidad y se demuestra con otras pruebas documentales fuera del título original de la escritura No 44 dada en Chinú el 03 de Mayo de 1921.
La legalización y protocolización del Resguardo se dio en la Notaría de Cartagena el 09 de agosto de 1928.

En la década de los años 70’s, cuando se dio el auge de la organización campesina, aún los indígenas Zenúes de San Andrés de Sotavento poseían menos del 10 % del área total de las tierras que le fueron reconocidas. La mayoría de ellas las habían entregado a los comerciantes, quienes utilizaron diferentes métodos, para despojar a los indígenas de sus tierras.
Cuando los indígenas inician el proceso de recuperación de sus tierras ya el resguardo se encontraba dividido en varios municipios y en dos departamentos como se encuentra en la actualidad Chinú, San Andrés, Momil, Chimá, Purísima y parte de Ciénaga de Oro del Departamento de Córdoba.

El Resguardo de San Andrés de Sotavento se encuentra territorialmente en dos Departamentos Córdoba y Sucre y ha logrado la devolución de unas 42  fincas que pueden sumar 8000 hectáreas. El INCORA profirió la Resolución 051 de julio de 1990, cuyo objeto fue la legalización de las tierras recuperadas a los indígenas, lo que legalmente hoy se le considera como Resguardo Indígena de San Andrés de Sotavento, dándose desconocimiento ala tradición legal de territorio reconocido y legitimado por la Corona Española en 83000 hectáreas.

En el Departamento de Córdoba los Cabildos Indígenas, se encuentran organizados así: un Cabildo Mayor que es el órgano encargado de tomar las decisiones en la “Casa Indígena” , lugar donde ejerce su gobierno el Cacique Celedonio Padilla y los Cabildos Menores (veredas) en donde ejerce la autoridad los capitanes.

La economía de los Indígenas Zenúes se basa en el cultivo y procesamiento de la caña flecha con la que fabrican el sombrero vueltiao, mochilas, zapatillas, cesterías, ganchos, anillos, etc.,

Se da la pequeña producción de cultivo de ñame, yuca, maíz y ajonjolí.
Anualmente hacen democráticamente la escogencia del Capitán Menor y de la Junta que lo acompañará en la Administración del Cabildo, la posesión del Capitán se realiza con una gran celebración en donde participan indígenas Zenúes de los diferentes Cabildos Menores que integran el resguardo.3

Entre los cabildos que conforman el Resguardo de San Andrés de Sotavento se encuentran entre otros: Patio Bonito Sur, Patio Bonito Norte, Providencia, Guayabo arriba, Guayabo abajo, Malanoche, Dividivi, Palmas verdes, Santa Isabel, San Gregorio, El Banco, El Hoyal, Pueblecito, Peine, El Bajo Palmital, Cruz de Mayo, San José, Los Gavirias, Bajo Grande, Los Guayacanes Sur, Los Castillos, San Andrés, Tuchín, Tolima, San Juan, Algodoncillo y El Mora.[1]



3  PATERNINA Yaneth,,Gobernación de Sucre, Oficina de Asuntos Étnicos

[1] PATERNINA CRUZ, Jose Dolores, curiosidades históricas de San Andrés de Sotavento, 1997

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